Hace 20 años llegó a Chile, desde Trujillo, Perú. La búsqueda de una mejor vida se consiguió a punta de esfuerzo, trabajando en la construcción.

Hasta aquí la historia de Florencio podría ser la de cualquiera, pero un día un accidente laboral cambió todo. El accidente provocó una herida en los tendones del brazo, lo que comprometió la movilidad de la mano. No sabía mucho que hacer o a quién recurrir, pero un compañero lo tranquilizó. Sin importar que fuese extranjero tenía protección.

La asesora del Instituto Católico Chileno de Migración, Lorena Santacruz Explica que “todos los trabajadores que poseen contrato laboral, independiente de su situación migratoria, están cubiertos por un seguro que los cubre en caso de accidentes laborales, siempre y cuando cuenten con el permiso de trabajo”.

Pero ¿Qué beneficios contempla este seguro?

Lorena responde esta consulta: “Los beneficios que otorga el seguro son: atenciones médicas, medicamentos, rehabilitación, licencias médicas por incapacidad laboral y pensiones en aquellos casos de accidente o enfermedad laboral de invalidez o muerte”, afirma.

Para Florencio este seguro significó una nueva oportunidad. Sus compañeros rápidamente dieron aviso al prevencionista de la empresa quien le indicó los pasos a seguir y la mutualidad a la que dirigirse. El trabajador peruano puedo recibir atención médica a tiempo, realizó su tratamiento y recuperó parte de la movilidad de la mano.

Lorena destaca el accionar de la empresa de Florencio y de sus compañeros ante el accidente. La profesional de INCAMI aconseja, ante accidentes laborales, “avisar inmediatamente a su jefe o supervisor directo. El empleador derivará al establecimiento de salud que opera la mutualidad en que se tiene convenio a al ISL, que es la mutualidad estatal. Si el trabajador no es derivado puede asistir por sus propios medios al hospital más cercano o a la mutualidad.

¿Qué debe hacer el empleador?

Prestar los primeros auxilios y derivar oportunamente al servicio médico que corresponda al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o a la mutualidad. Además, deberá dar aviso antes de 24 horas de ocurrido el accidente al ISL o a la mutualidad a la que se encuentre afiliado, a través del formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT). La empresa debe guardar una copia de la DIAT y entregar otra copia de este documento al trabajador.

Aunque no puede trabajar en lo que hacía antes, la vida de Florencio ha comenzado a normalizarse. La pensión de invalidez a la que pudo optar por este seguro lo ayuda a continuar construyendo su sueño. El trabajador aconseja a todas y todos los cotizantes a informarse sobre sus derechos y deberes en materia de seguridad laboral.

En este caso  y con el fin de informar a la población migrante y nacional, sobre sus derechos y deberes en materia  de seguridad social, es que el INCAMI desarrolla el podcast “Voz migrante, más informad@s más empoderad@s”, iniciativa financiada por el Fondo de Educación Previsional FEP.

Puedes escucharlo en cualquier plataforma de PODCAST. Si quieres saber más sobre Seguridad y Salud en el trabajo, te invitamos a escuchar el capítulo de Lorena Santacruz en conversa con Pamela Gana, Intendenta de Seguridad y Salud en el trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social.

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