Tras cinco años Ángela y David regresa a si España natal. Llegaron a Chile por una oferta laboral y durante cinco años construyeron una vida en la región del Bíó Bío. Los preparativos del retorno no han sido felices, como suele suceder, la organización de la mudanza ha sido agotadora, sin embargo, se han llevado bien.
Hasta ahí nada distinto a lo que vivimos todos quienes hemos tenido que cambiarnos de casa, dentro de la ciudad, a otra región o a otro país. Pero ¿Qué ocurre con los fondos previsionales? ¿Se van con ellos? ¿Se pierden? ¿Dónde se obtiene información sobre este tema?
El asesor jurídico del Instituto Católico Chileno de Migración, Delio Cubides, nos indica que estas son preguntas habituales entre personas migrantes que deciden retornar a sus países de origen. “Normalmente se preguntan por sus ahorros previsionales, cuando se van del país, no cuando llegan. Por otro lado, muchos/as también se preocupan cuando, habiendo aportado al sistema previsional, la edad o el tiempo pasan y comienza a acercarse su edad de jubilación”.
En Chile viven 1.492.522 personas migrantes, según estimación realizada por el Servicio Jesuita a migrantes pasados en datos del Instituto Nacional de Estadísticas y del Departamento de Extranjería y Migrantes. Del total, 1.064.991 son extranjeros afiliados al sistema previsional chileno, lo que presenta un 9,6% del total de cotizaciones. Aquí radica la relevancia de conocer sobre cómo funcionan y como operan los convenios internacionales en materia de seguridad social.
Delio Cubides explica que “los convenios internacionales en materia de seguridad social ayudan a garantizar que los aportes de los/as trabajadores/as migrantes en los países donde se encuentran cuenten en sus países de de origen y viceversa. Entre otras cosas , tales convenios permiten: Presentar solicitudes en un Estado para obtener prestaciones adquiridas en otro; recibir la pensión originada en otro país sin disminuciones en otro monto; totalizar períodos de seguros; mantener la continuidad previsional en el país de origen cuando el trabajador sea enviado temporalmente a trabajar a otro país; asignación por muerte; traspaso de fondos (donde sólo con Perú)”.
Pero ¿Es posible retirar los fondos y llevárselos al país de origen?
La ley 18.156 aborda este tema y explica el retiro de aportes realizados para la pensión en el caso de profesionales extranjeros. El asesor de INCAMI destaca que “es importante mencionar que esta ley presenta un caso excepcional, pues, como regla general, ningún trabajador puede retirar sus fondos previsionales, ni chileno ni extranjero. Un/a trabajador/a extranjero/a podría no cotizar para pensiones ni salud en Chile, o bien retirar los aportes si estos fueron depositados por error, cumpliendo los siguientes requisitos: El/a trabajador/a debe estar afiliado/a a un régimen de previsión o seguridad social fuera de Chile, que le otorgue prestaciones a lo menos en casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte. Acreditar la condición de técnico o profesional (certificados de título o grado), apostillada o legalizada en el Ministerio de Relaciones exteriores de Chile. En el contrato de trabajo, el trabajador debe expresar su voluntad de mantener su afiliación referida: “Se deja constancia que el trabajador mantendrá sus cotizaciones en las instituciones de régimen previsional de su país de origen, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y depósitos correspondientes en dichas instituciones”. En caso de que tal trabajador o trabajadora se acoja a esta ley, no podrá optar a las coberturas que ofrece el sistema previsional chileno”.
Antes de finalizar, Cubides recuerda que “sólo en el caso de Perú es posible trasladar los ahorros desde una AFP peruana. En otros casos, pueden existir convenios de seguridad social que no permiten el traslado de fondos, pero sí la posibilidad de recibir la pensión de manera mensual, cumpliendo los requisitos para pensionarse que exige la ley chilena”.
Es en este caso marco y con el fin de informar a la población migrante y nacional, sobre sus derechos y deberes en materia de seguridad social, es que el INCAMI desarrolla el podcast “Voz migrante, más informad@s más empoderad@s”, iniciativa financiada por el Fondo de Educación Previsional FEP.
Puedes escucharlo en cualquier plataforma de PODCAST. Si quieres saber más sobre el Sistema Previsional y convenios internacionales en materia de seguridad social, te invitamos a escuchar el capítulo en el que Delio conversa con Andrea Heredia, abogada colombo-chilena especialista en seguridad social.